De conformidad al artículo 33 del Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Hopelchén, el Órgano Interno de Control es la dependencia Municipal encargada de establecer y operar los procedimientos de control y evaluaciones internas del Ayuntamiento, verificando que el manejo de los recursos financieros y el patrimonio del Municipio se efectúen con apego a los principios de legalidad, imparcialidad, máxima publicidad y en atención a los criterios de austeridad, racionalidad y disciplina, garantizando con su supervisión que los procesos administrativos se lleven a cabo en forma objetiva
Planear, programar, organizar y coordinar las acciones de control, evaluación, vigilancia y fiscalización del correcto uso del patrimonio, en el ejercicio del gasto público por conducto de las dependencias y/o áreas administrativas, y de las autoridades auxiliares que integran la Administración Pública del municipio de Hopelchén; así como el desempeño de los servidores públicos, logrando con ello impulsar una gestión pública de calidad, en apego a las normas y disposiciones legales aplicables, para contribuir con la transparencia, rendición de cuentas a los ciudadanos y combate a la corrupción.
Mejora Gubernamental
Auditorias Internas
Procesos Jurídicos
Transparencia y Rendición de Cuentas
Ser una dependencia municipal con alto grado de credibilidad, reconocida como un órgano de control profesional, efectivo e innovador, con personal responsable y comprometido, que realiza su labor de manera objetiva e imparcial; cuyos productos contribuyen a mejorar la administración de los recursos de este H. Ayuntamiento y a generar confianza entre las cheneras y cheneros, respecto a su transparencia, rendición de cuentas y combate a la corrupción.
-*-*-*-*-*-*-*-*-*- Artículo 74 -*-*-*-*-*-*-*-*-*-
IV. Las metas y objetivos de las áreas de conformidad con sus programas operativos
V. Los indicadores relacionados con los temas de interés público o trascendencia social que conforme a sus funciones, deban establecer.
VI. Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados.
XII. La información en Versión Pública de las declaraciones patrimoniales, de los servidores públicos que asi lo determinen, en los sistemas habilitados para ello de acuerdo a la normatividad aplicable.
XVIII. El listado de servidores públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sancion y la disposición.
XIX. Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos.
XX. Los tramites, requisitos y formatos que ofrecen.
XXIV. Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen, y, en su caso, las aclaraciones que correspondan
XXIX. Los informes que por disposición legal generen los sujetos obligados.
XXXIX. Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los sujetos obligados.
SESIONES ORDINARIAS
* PRIMERA SESIÓNSESIONES EXTRAORDINARIAS
* PRIMERA SESIÓNSESIONES ORDINARIAS
* QUINTA SESIÓNSESIONES EXTRAORDINARIAS